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Información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales.

Sage

​¿A qué afecta?

A las normas de elaboración de las cuentas anuales, en especial al cálculo del período medio de pago a proveedores.

¿A quién afecta?

  • Pequeñas y medianas empresas.
  • Todas las sociedades tanto las que hagan la memoria en el modelo normal como las que lo hagan en el modelo simplificada y en el modelo Pymes.
  • Sociedades mercantiles que formulen cuentas consolidadas, exclusivamente respecto a las sociedades radicadas en España que se consolidan por el método de integración global o proporcional al margen del marco de información financiera en que se formulen las citadas cuentas.

¿Cómo afecta?

  • Se exigirá un menor detalle de información contable a las pequeñas y medianas empresas.
  • El periodo medio de pago a proveedores no forma parte de la información obligatoria que, de acuerdo con la Directiva 2013/34/UE, deben proporcionar las pequeñas empresas en las cuentas anuales. Por ello, es previsible que en el futuro desarrollo reglamentario se elimine esta información del contenido a suministrar y la que ahora se exige por la presente resolución solo surta efectos para las cuentas anuales del ejercicio 2015.
  • Empresas que hagan memoria con modelo normal informarán:
    • Período medio de pago a proveedores
    • Ratio de las operaciones pagadas
    • Ratio de las operaciones pendientes de pago
    • Total pagos realizados
    • Total pagos pendientes
  • Empresas que realizan memoria abreviada y Pymes informarán:
  • Período medio de pago a proveedores.

¿Cuándo afecta?

En vigor, 05/02/2016 y producirá efectos para los ejercicios que se inicien a partir del 01/01/2015.

Más información: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-1112